Garantías y Cauciones

Garantías y Cauciones

El seguro de caución es un instrumento de garantía que sirve para garantizar obligaciones de dar o hacer, emergentes de un contrato o ley. Resulta fundamental para ofrecer previsibilidad principalmente en la industria de la construcción.

 

Los seguros de caución son una excelente alternativa frente a otras opciones como el aval bancario, ya que presenta las siguientes ventajas:

-Aumenta la capacidad crediticia (no supone riesgo bancario)

-Disminuye las ´exigibilidades del balance´

-No genera gastos de comisiones en ocasión del estudio

-No inmoviliza recursos financieros que pueden aplicarse a otras áreas 

-La facturación se realiza por períodos hasta la desafectación de la póliza.

 

Frente a esta problemática, proveemos soluciones eficientes y creativas poniendo el foco en brindar un servicio diferente a través del análisis y armado de carpetas. Evaluamos el riesgo y luego emitimos y entregamos la cobertura en el día.

 

DESCRIPCIÓN DE LAS COBERTURAS

Garantías de Oferta: El Seguro de Caución por Mantenimiento de Oferta es una cobertura cuya finalidad pasa por brindar una garantía al asegurado de que el oferente efectivamente mantendrá las condiciones propuestas a través de una licitación de obra. El mantenimiento de oferta es una garantía provisional (ya que se presenta al licitar) y asegura la capacidad de asumir los compromisos del contrato de licitación o concurso.

El importe de la garantía suele oscilar entre el 1% y el 5% del coste del concurso, en tanto que la póliza de caución por mantenimiento de oferta se factura por única vez y su vigencia usual es de 90 días.

La desafectación de esta póliza es automática, pues una vez adjudicada la obra si el adjudicatario no es el Tomador sino otro oferente, queda desafectada, y si el adjudicatario es el Tomador de la póliza se desafecta a la firma el contrato.

 

Garantías de Cumplimiento de Contrato: Esta póliza garantiza el cumplimiento, en tiempo y forma, de las obligaciones asumidas por el Tomador cuando el adjudicatario ha sido elegido en una licitación de obra. Los seguros de caución para la ejecución del contrato son respaldos que responden de las condiciones pactadas así como el periodo de garantía que se puede establecer. El importe de la garantía suele oscilar entre el 2% y el 10% del coste del concurso.

 

Garantías de Anticipo Financiero: El objetivo de la póliza de Anticipo financiero resulta en garantizar que el anticipo abonado al Tomador sea utilizado para los fines que le dieron origen cubriendo de este modo al Asegurado de acuerdo a lo estipulado en el contrato. La garantía de anticipo financiero y/o acopio es la manera más eficiente de asegurar al Comitente ante el incumplimiento del contratista o proveedor que deba dar lugar a la restitución de todo o parte del dinero que percibió en forma adelantada, en el caso de un Anticipo Financiero, o bien restituir los bienes o materiales acopiados que no hayan sido motivo de ´desacopios´ por haberse incorporado a una obra o bien en fabricación por parte del contratista.

 

Garantía de Anticipo por Acopio: Cubre el buen uso de los importes recibidos en concepto de anticipo por acopio de materiales, liberándose con el efectivo acopio documentado en obra.

 

Garantías de Tenencia Bienes: Se garantiza la tenencia y ulterior devolución de bienes pertenecientes al Asegurado que éste ha entregado o entregará al Tomador para su uso, reparación, manutención o reacondicionamiento, de acuerdo con los términos de la contratación que han sido fijadas por las partes.

-Garantía de tenencia para uso, reparación, manutención y reacondicionamiento

-Garantía de tenencia de materiales para fabricación y montaje

-Garantía de certificación de avance de fabricación

 

Garantías de Fondo de Reparo: Según lo determinado en el pliego de condiciones las obras se certifican en relación con su avance. En estos casos los Asegurados retienen un 5% de la certificación en carácter de fondo de reparo. Este importe tiene como destino el responder por vicios ocultos o desperfectos dentro de una período que va entre los 6 meses y los 2 años. La función de la póliza de Fondo radica en la sustitución de esa retención y responde hasta el total Asegurado por los desperfectos o vicios mencionados.

 

Garantías Aduaneras: comprende las coberturas necesarias para encuadrarse dentro de la operatoria aduanera (importación y Exportación). En estas operaciones, el asegurado resulta ser la Dirección General de Aduanas (AFIP), beneficiaria en la póliza de seguros. El asegurador es la compañía de seguros, quien emite la póliza del seguro de caución a favor del asegurado. Entre tanto, el tomador es la persona física o jurídica que está obligada a presentar ante la Dirección General de Aduanas una garantía que asegure el cumplimiento de sus obligaciones. Puede ser el propietario de la mercadería o a quien se encuentre consignada.

 

-Tránsito Terrestre: cubren y ampara los derechos de importación de mercaderías ingresadas con destino a otra aduana de despacho o de salida del país.

 

-Falta de Documentación: permite al importador el retiro de la mercadería sin demoras, garantizando la posterior presentación de la documentación de embarque a la autoridad competente.

 

-Importación Temporal: permite a exportadores la incorporación de insumos importados a sus productos sin abonar los derechos de importación, garantizando su posterior reexportación.

 

Garantías Judiciales: estas garantías son demandadas por un juzgado a solicitud de alguna de las partes, y sirven para sustituir una garantía real. Este tipo de seguro de caución ponen a disposición de los litigantes un medio importante y accesible para garantizar sus obligaciones procesales cuando el Código respectivo así lo requiere.

Las demandas afectan al patrimonio debido a las medidas cautelares presentadas por el demandante para asegurar sus derechos o bienes. Por lo demás, las leyes procesales exigen la presentación de una caución por todas las costas y daños y perjuicios que pudiere ocasionar una medida precautoria en caso de haberla pedido sin derecho.

Los casos más usuales de aplicación de nuestras pólizas son:

-Embargo preventivo

-La administración y/o intervención judicial

-La prohibición de innovar y de contratar

-Secuestro

-La inhibición de disponer o gravar bienes

-Anotación de la litis

 

En los seguros de caución judicial siempre intervienen tres partes: el demandado (tomador) el demandado (beneficiario) y la compañía aseguradora.

 

*COTIZÁ TU SEGURO DE CAUCIONES y GARANTÍAS: hacé click en COTIZÁ TU SEGURO, y completá el formulario con los datos que te solicitamos para obtener tu cotización. A la brevedad nos comunicaremos. Los riesgos que necesiten un análisis más complejo, dependerán de los tiempos de las aseguradoras.

 

COTIZÁ TU SEGURO

Podés abonar tu pólizas en mediante, transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito en cuenta corriente o CBU. Para pago con cheque nuestro departamento de cobranza tomará contacto con el tomador.

El proceso es muy simple. Solo vamos a requerirte algunos datos personales para que podamos contactarte y datos o contrato de aquello que necesitás garantizar. Podés consignar los mismos en nuestro formulario de solicitud de cotización en https://www.scorsettiseguros.com.ar/cotiza y finalizá el proceso haciendo click en Enviar. A la brevedad nos estaremos comunicando con vos.

El siniestro se presenta al incumplir el Tomador con su obligación frente al Asegurado por causas que le son atribuibles. En tal caso, la Compañía Aseguradora responde pagando al Asegurado una suma de dinero hasta un máximo preestablecido. La falta de pago de la prima por parte del Tomador del seguro no afecta los derechos del Asegurado ya que la cobertura no puede ser anulada.

Las mayores ventajas para una PYME son que el seguro de caución es una forma de garantizar obligaciones de una forma más económica, además de no afectar el cupo bancario y resultar simple su emisión. Así, las garantías de caución facilitan en gran medida la operatoria y desenvolvimiento de una PyMe en su actividad comercial.

El seguro de caución es una excelente alternativa frente a otras opciones como garantías dinerarias o bancarias, ya que resulta de mayor accesibilidad para los clientes, es de emisión simple y rápida, libera cupo bancario e insume un menor costo.

Las partes intervinientes son El Asegurador, El Tomador o Proponente (cliente de la compañía que solicita la cobertura) y El Beneficiario o Asegurado.

El seguro de caución es un instrumento de garantía que sirve para garantizar el cumplimiento de obligaciones no financieras (obligaciones de dar o cumplimentar). Se trata de una fianza implementada mediante un contrato de seguro, aplicándose a aquellas situaciones en las que una empresa o particular debe garantizar frente a un tercero obligaciones no financieras como consecuencia de un contrato o una ley.

La mayoría de los seguros de caución no poseen fin de vigencia pero concluyen cuando finalizan todas las obligaciones del Tomador. O sea que la vigencia termina cuando se extingue la obligación principal. Igual situación se prescribe para la garantía de caución. Ante esta situación, el Asegurado debe proceder a la devolución de la póliza de caución al Tomador y éste devolverla a la Compañía para que se gestione su desafectación, o bien se deberá remitir alguna otra documentación que permita afirmar que dichas obligaciones han terminado.

La compañía de seguros previamente al otorgamiento de pólizas de caución debe analizar en las empresas solicitantes su perfil económico financiero y su capacidad técnica para dar respuestas a las obligaciones objeto del seguro.

Ante cualquier duda podés comunicarte con nosotros en nuestras oficinas al +54 341 5299990 de lunes a viernes entre las 9,00 hs y las 18,00 hs., o bien comunicandote a través de nuestra línea de contacto directo por Whatsup al +54 341 695 1773.