Obligaciones Patronales

Obligaciones Patronales

El empleador debe conocer que existen leyes que forman parte de la seguridad social y obligan a las Empresas a pagar indemnizaciones y dar prestaciones de distinta índole. Las indemnizaciones que obligan estas leyes pueden cubrirse con Seguros que en algunos casos son obligatorios de contratar. Sus indemnizaciones son sumativas y no eximentes entre sí. Estas son:

 

ART. RIESGOS DEL TRABAJO LEY NRO. 24.557 Y MODIFICATORIAS (OBLIGATORIO DE CONTRATAR)

Contingencias Cubiertas

- Los accidentes ocurridos por el hecho y en ocasión del trabajo.

- Los accidentes in itinere

- Las Enfermedades Profesionales.

Objetivos de la Ley

- La Reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención en Higiene y Seguridad.

- La Reducción de la siniestralidad laboral a través de la prevención en Medicina Laboral.

- La reparación de los daños derivados de accidentes Laborales o enfermedades Profesionales.

- La rehabilitación del Trabajador.

- La promoción de la recalificación y recolocación del accidentado.

- La promoción de la mejora de las medidas de prevención y de prestaciones reparadoras.

Trabajadores asegurados Son todos aquellos trabajadores incluidos por los empleadores afiliados, en las declaraciones juradas que presentan mensualmente a la AFIP- cuando se encuentran en el SUSS -

 

SEGURO DE VIDA OBLIGATORIO (DEC. 1567/74) (OBLIGATORIO DE CONTRATAR)

-Riesgo Cubierto: Muerte por cualquier causa

-Capital Asegurado: $382.250 .-por persona .

-Costo mensual: $78,36 por persona, a cargo del empleador

Requisitos para suscribir:

-Nombre, CUIT y domicilio del empleador

-Nómina del personal empleado declarado en SUSS Y CUIL.

 

SEGURO DE LEY DE CONTRATO DE TRABAJO (LEY 20744 y 21297: NO OBLIGATORIO DE CONTRATAR, PERO SI DE PAGAR LAS INDEMNIZACIONES AL EMPLEADO

 Riesgo Cubierto

- Muerte

- Incapacidad Total y Permanente

Capital Asegurado:

a) Muerte: corresponde abonar a los derechohabientes medio mes de sueldo por cada año de servicio o

fracción mayor de tres meses.

b) Incapacidad Total y Permanente: un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres

meses.

Requisitos para suscribir:

- Datos del empleador

- Nómina del personal con: Nombre y Apellido, Número de CUIL, Fecha de Nacimiento, Fecha de Ingreso y Sueldo Bruto.

 

SEGURO DE CONVENIO MERCANTIL (NO OBLIGATORIO DE CONTRATAR, PERO SI DE PAGAR LAS INDEMNIZACIONES AL EMPLEADO)

Exclusivo para Empleados de Comercio, incluidos dentro del Convenio Colectivo de Trabajo Nro. 130/75.

Riesgo Cubierto: - Muerte por cualquier causa e Incapacidad total y permanente por cualquier causa.

*Capital asegurado: $6.420.981.-

Pago de la prima: 2/3 partes a cargo del empleador y 1/3 a cargo del empleado

Requisitos para suscribir:

-Nombre, CUIT y domicilio del empleador.

-Nómina del personal detallando nombre y apellido, Nro de CUIL y fecha nacimiento

 

ACCIDENTES PERSONALES

Es un seguro para cubrir personal contratado. La póliza tiene las figuras de ´Tomador´, ´Asegurado´ y ´Beneficiario´. Las sumas aseguradas son a elección. Como referencia, el valor mínimo de una muerte laboral es, según Res. 51/2022, de $18.000.000 

Las coberturas son:

-Muerte

-Incapacidad Total y Parcial Permanente

-Asistencia médica (puede ser prestacional o por reintegro)

Requisitos para suscribir:

-Nombre, CUIT y domicilio del empleador

-Nómina del personal, detallando nombre y apellido, nro DNI, fecha nacimiento y ocupación

 

*COTIZÁ TU SEGURO DE OBLIGACIONES PATRONALES: hacé click en COTIZÁ TU SEGURO, y completá el formulario con los datos que te solicitamos para obtener tu cotización. A la brevedad nos comunicaremos. En los riesgos que necesiten un análisis más complejo, dependerán del tiempo de las aseguradoras.

 

COTIZÁ TU SEGURO

 

Podés abonar tu pólizas mediante tarjeta de crédito y débito en cuenta corriente o CBU. Para pago con cheques, el área de cobranza de la Empresa se pondrá en contacto con vos.

Comunicarte con nuestras oficinas al 0341-5299990 de lunes a viernes desde las 9 a 18 hs. O Contactanos por email a info@scorsettiseguros.com.ar .

El proceso es muy simple. Solo vamos a requerirte los datos de la empresa y personales solicitados más arriba. Si la complejidad de la Empresa lo amerita, nos pondremos en contacto para recabar más información y te devolveremos la cotización en 24 hs. hábiles.